Reintegro de la beca
Según el Reglamento por el que se establece el régimen de reintegro de las ayudas económicas percibidas en programas de movilidad, podrá exigirse la devolución total o parcial de la ayuda, salvo que exista una causa justificada o de fuerza mayor.
- Reintegro del 100%: si no se cursa ninguna asignatura o no se realiza ningún examen de las asignaturas incluidas en el Acuerdo de Aprendizaje (LA).
- Reintegro del 75%: si no se supera ningún crédito ECTS.
- Reintegro del 25%: si no se supera, al menos, el 20% de los créditos previstos.